
Impuestos y tasas en Andorra: comprender la fiscalidad andorrana y optimizar su situación legalmente
La fiscalidad suele ser uno de los primeros temas que se analizan cuando se plantea vivir, emprender o invertir en Andorra. El Principado es conocido por sus tipos impositivos relativamente moderados, fijados en el 10 %, tanto para las personas físicas como para las empresas. Sin embargo, el impuesto realmente adeudado depende de numerosos factores: su residencia fiscal, la naturaleza de sus ingresos, su actividad profesional, la estructura de su sociedad, su patrimonio inmobiliario o incluso la existencia de un convenio fiscal entre Andorra y su país de origen.
Instalarse en Andorra no basta para beneficiarse automáticamente de la fiscalidad andorrana. La situación jurídica, fiscal y económica debe corresponder realmente a las condiciones previstas por la normativa. Estos son los principales impuestos y tasas que debe conocer para comprender el funcionamiento del sistema andorrano y evitar los errores más frecuentes.
¿Cuáles son los principales impuestos en Andorra?
El sistema fiscal andorrano se basa tanto en impuestos directos como en impuestos indirectos. Para los particulares, el impuesto más conocido es el IRPF, o Impost sobre la Renda de les Persones Físiques. Corresponde al impuesto sobre la renta de las personas físicas. Para las empresas, el Impost sobre Societats constituye el equivalente al impuesto sobre sociedades. A esto se añade el IGI, o Impost General Indirecte. Su funcionamiento es comparable al del IVA francés o el IVA español. El IGI está incluido en el precio de numerosos bienes y servicios consumidos en Andorra.
El sistema también incluye el impuesto sobre la renta de los no residentes fiscales, denominado IRNR, así como diversos gravámenes relacionados, entre otros, con las transmisiones inmobiliarias, las plusvalías, determinadas viviendas vacías, los seguros o las inversiones extranjeras en el sector inmobiliario. El portal fiscal del Gobierno de Andorra presenta estas diferentes categorías y las normas que les son aplicables.
Esta distinción es importante. Dos personas con el mismo nivel de ingresos pueden tener obligaciones fiscales muy diferentes en función de su residencia, del origen de sus ingresos y de su situación patrimonial.
¿Cómo funciona el impuesto sobre la renta en Andorra?

El IRPF se aplica a las personas físicas que tienen su residencia fiscal en Andorra.
El tipo general del IRPF está actualmente fijado en el 10 %. Sin embargo, esto no significa que cada euro obtenido tribute automáticamente al 10 %. El funcionamiento del sistema tiene en cuenta el nivel y la naturaleza de los ingresos, así como las reducciones, bonificaciones y deducciones previstas por la normativa.
El Gobierno de Andorra indica, entre otras cuestiones, que existe un mecanismo que conduce a un tipo efectivo del 5 % para determinados tramos de ingresos comprendidos entre 24.000 y 40.000 euros. También existen mecanismos para determinadas situaciones de doble imposición o para ciertas actividades económicas.
Los ingresos sujetos al impuesto no se limitan al salario. El IRPF puede incluir, entre otros, ingresos profesionales, ingresos inmobiliarios, determinados rendimientos del capital mobiliario, así como ganancias o pérdidas patrimoniales, de acuerdo con las normas aplicables a cada categoría.
¿Quién se considera residente fiscal en Andorra?
La residencia fiscal es uno de los aspectos más importantes que deben comprenderse antes de cualquier instalación.
El criterio más conocido es el de los 183 días. Una persona que permanezca más de 183 días durante el año natural en el territorio andorrano puede ser considerada residente fiscal. La normativa también tiene en cuenta el lugar donde se encuentra el núcleo principal o la base de las actividades y los intereses económicos de la persona.
Esta distinción es fundamental: la residencia administrativa y la residencia fiscal son dos conceptos diferentes. Disponer de un permiso de residencia andorrano no basta, por sí solo, para resolver todas las cuestiones relacionadas con la residencia fiscal internacional.
Una persona que mantiene una actividad importante, una empresa, su núcleo familiar o intereses económicos relevantes en otro país puede verse sometida a las normas fiscales de varios Estados. En ese caso, los convenios destinados a evitar la doble imposición pueden permitir determinar qué país tiene derecho a gravar determinadas categorías de ingresos. Andorra ha firmado este tipo de convenios con varios Estados, entre ellos Francia y España. Sin embargo, su aplicación depende de la naturaleza de los ingresos y de la situación concreta del contribuyente.

¿Qué fiscalidad se aplica a los no residentes?
Una persona que no sea residente fiscal en Andorra puede, no obstante, estar sujeta a tributación allí cuando percibe determinados ingresos considerados procedentes del territorio andorrano. Esta es la función del IRNR, o impuesto sobre la renta de los no residentes fiscales.
El tipo general aplicable a varias categorías de ingresos es del 10 %, pero el tratamiento concreto depende del tipo de ingreso y, eventualmente, de la existencia de un convenio para evitar la doble imposición. El Gobierno pone, por ejemplo, el caso de un servicio prestado por un asesor no residente a una empresa andorrana, con una retención del 10 % en la situación descrita.
No debe considerarse que la ausencia de residencia fiscal en Andorra implica automáticamente la ausencia de impuestos en el Principado. Para un trabajador transfronterizo, un administrador de una sociedad, un propietario inmobiliario o un prestador de servicios extranjero, las normas pueden ser diferentes. Por ello, es necesario analizar el origen exacto de los ingresos.
¿Cuál es el tipo del IGI en Andorra?
El IGI es el impuesto indirecto andorrano que más se aproxima al IVA. Su tipo general es del 4,5 %, lo que explica en parte por qué algunos precios pueden parecer más bajos en Andorra que en países donde el IVA estándar es considerablemente más elevado.
No obstante, existen varios tipos. La administración fiscal andorrana contempla actualmente un tipo general del 4,5 %, un tipo especial del 2,5 % (transporte de personas), un tipo reducido del 1 % (productos de primera necesidad), un tipo superreducido del 0 % (sanidad pública y educación) y un tipo incrementado del 9,5 % aplicable a determinados servicios bancarios y financieros. El tipo aplicable depende del bien o servicio de que se trate.
Para una empresa o un autónomo, el IGI no debe considerarse simplemente como un impuesto añadido a las facturas. Dependiendo de la actividad desarrollada, también pueden existir obligaciones de facturación, declaración y, eventualmente, deducción del IGI soportado.
Además, una empresa que facture a clientes en Francia, España u otro país deberá analizar las normas de territorialidad aplicables a sus servicios. La ubicación del cliente no siempre es suficiente para determinar el tratamiento fiscal de una operación.
¿Cómo tributan las sociedades en Andorra?
Andorra aplica un impuesto sobre los beneficios de las sociedades. El tipo nominal general del impuesto sobre sociedades es del 10 %. Sin embargo, determinadas normas pueden modificar el importe efectivamente pagado en función de la situación de la empresa, sus gastos deducibles, las posibles deducciones o la naturaleza de determinadas operaciones. El propio Gobierno recuerda que no debe confundirse el tipo nominal con el tipo efectivamente soportado por una sociedad.
Crear una sociedad andorrana no constituye, por sí solo, un mecanismo que permita trasladar artificialmente beneficios a Andorra. Para que una estructura sea coherente y defendible, la actividad desarrollada desde el Principado debe corresponder a una realidad económica. La ubicación de la dirección, la organización diaria de la empresa, las personas que toman las decisiones y la naturaleza de los servicios prestados son, entre otros, elementos importantes que deben analizarse.
Esta cuestión adquiere especial relevancia cuando un empresario abandona Francia, España u otro país, pero mantiene una parte sustancial de su actividad en su antiguo Estado de residencia. En este tipo de situaciones, comparar simplemente el tipo francés o español con el tipo andorrano del 10 % no permite conocer el ahorro fiscal real. Es necesario analizar la estructura en su conjunto.
¿Hay que pagar impuestos al comprar un inmueble en Andorra?

La fiscalidad inmobiliaria andorrana merece actualmente una atención especial, ya que ha experimentado cambios importantes en los últimos años.
Las adquisiciones inmobiliarias pueden estar sujetas, entre otros, al impuesto sobre transmisiones patrimoniales, mientras que las ventas pueden plantear cuestiones relacionadas con la tributación de las plusvalías. El régimen depende de la naturaleza de la operación y del perfil del comprador o vendedor. Por tanto, sería engañoso afirmar que una compra inmobiliaria tributa siempre a un tipo único del 4 %.
La situación es aún más específica para determinadas inversiones extranjeras. En 2024 se introdujo un impuesto sobre la inversión extranjera inmobiliaria y su régimen ha evolucionado desde entonces. Desde la entrada en vigor de las modificaciones del 13 de febrero de 2026, el Gobierno indica, entre otras cuestiones, que el tipo aplicable a determinadas adquisiciones sujetas a la normativa sobre inversión extranjera pasó al 6 % para un primer inmueble y al 10 % para la adquisición de una segunda vivienda en los supuestos contemplados por dicha normativa.
Antes de realizar una adquisición, es preferible determinar la condición del comprador, la naturaleza exacta de la inversión, los impuestos aplicables a la operación y las posibles condiciones relacionadas con la inversión extranjera.
¿Cómo declarar los ingresos en Andorra?
Para el IRPF, la administración andorrana establece un período de declaración comprendido entre el 1 de abril y el 30 de septiembre del año siguiente al correspondiente a los ingresos declarados. Sin embargo, no todas las personas residentes están sujetas exactamente a las mismas obligaciones de declaración.
El Gobierno precisa, entre otros aspectos, las situaciones en las que debe presentarse una declaración en función de la naturaleza y el importe de los ingresos percibidos. Existen, por ejemplo, obligaciones específicas en presencia de ingresos derivados de actividades económicas, determinados ingresos inmobiliarios, rendimientos del capital mobiliario no sujetos a retención o ganancias y pérdidas patrimoniales. La declaración debe prepararse a partir de la situación real del contribuyente y no de un modelo genérico.
Conservar los justificantes de ingresos, documentos bancarios, contratos, documentos relacionados con las inversiones y las pruebas que permitan acreditar la residencia fiscal facilita considerablemente la preparación de la declaración y la respuesta ante una posible solicitud de la administración.
Para una situación sencilla, la información y los formularios disponibles a través del Gobierno pueden ser suficientes. Cuando intervienen varios países, sociedades, inversiones o categorías de ingresos, la intervención de un profesional familiarizado con la fiscalidad andorrana e internacional resulta generalmente mucho más pertinente.

¿Se pueden optimizar realmente los impuestos en Andorra?
Sí, siempre que se comprenda realmente qué significa «optimización fiscal». Una optimización legal consiste en organizar la situación utilizando las normas previstas por la ley, las deducciones aplicables, los convenios internacionales y una estructura adecuada a la actividad. No consiste en declarar artificialmente una residencia o una sociedad en Andorra cuando la mayor parte de la vida personal o de la actividad económica sigue desarrollándose en otro país.
Esta distinción es especialmente importante para los empresarios. El tipo del impuesto sobre sociedades puede resultar atractivo, pero una sociedad debe corresponder a una actividad real. Del mismo modo, una persona que desee convertirse en residente fiscal andorrano debe analizar el conjunto de sus vínculos personales y económicos y no limitarse a obtener un permiso de residencia.
Una optimización fiscal seria debería comenzar generalmente antes de la mudanza o de la creación de la sociedad. Es mucho más sencillo analizar las consecuencias de una operación con antelación que intentar corregir una estructura mal diseñada varios años después.

¡Haga realidad su proyecto de expatriación sin más dilación!
Concierte una cita
¿Los convenios fiscales evitan siempre la doble imposición?
Los convenios fiscales firmados por Andorra tienen precisamente como objetivo limitar las situaciones en las que un mismo ingreso podría tributar dos veces. Sin embargo, esto no significa que un contribuyente pueda elegir automáticamente el país en el que desea pagar sus impuestos. Un convenio determina generalmente los derechos respectivos de los Estados en función de criterios precisos: residencia fiscal, naturaleza del ingreso, lugar donde se desarrolla una actividad o ubicación de un bien, por ejemplo.
Actualmente, Andorra dispone de una red de convenios fiscales con varios Estados. El Gobierno publica la lista de los acuerdos correspondientes y su estado, lo que permite comprobar el texto aplicable al país con el que un contribuyente mantiene vínculos.
Para una persona procedente de Francia o España, el convenio correspondiente debería, por tanto, formar parte del análisis antes de una expatriación, especialmente cuando existen ingresos por alquiler, dividendos, una sociedad, remuneraciones de administrador o patrimonio conservado en el país de origen.
¿Qué hacer en caso de duda o desacuerdo fiscal?
Un error fiscal no siempre está relacionado con una voluntad de ocultación. Puede deberse simplemente a una mala comprensión de las normas, a una declaración incompleta o a una situación internacional más compleja de lo previsto.
Andorra cuenta con un marco administrativo para la gestión y revisión de los actos fiscales. El Gobierno también publica normas, formularios, preguntas frecuentes y numerosas consultas fiscales que permiten comprender cómo se interpretan determinadas disposiciones.
Cuando surge una dificultad, es preferible comprobar rápidamente su origen y reunir los documentos que permitan explicar la situación. Para una cuestión importante relacionada con la residencia fiscal, una empresa, una operación inmobiliaria o varias jurisdicciones, es preferible contar con un asesoramiento personalizado que confiar en una respuesta genérica encontrada en Internet.
Lo esencial sobre la fiscalidad en Andorra
La fiscalidad andorrana sigue siendo atractiva en varios aspectos. El tipo general del IRPF es del 10 %, al igual que el tipo nominal general del impuesto sobre sociedades, mientras que el tipo general del IGI es del 4,5 %. Sin embargo, estas cifras solo cuentan una parte de la historia.
El importe realmente pagado depende de la naturaleza de los ingresos, de la situación fiscal de la persona, de las posibles deducciones aplicables y de las relaciones con otros países. En determinados casos, también es necesario tener en cuenta normas específicas, como las relativas a la inversión inmobiliaria extranjera.
Antes de mudarse, crear una sociedad o comprar un inmueble, es recomendable comprobar la normativa vigente y, cuando las implicaciones sean importantes, hacer validar la estructura prevista por un profesional cualificado. Esta precaución permite no solo buscar una fiscalidad adecuada, sino sobre todo construir una situación coherente, documentada y sostenible.
