
Expatriación en Andorra, la elección de casarse o constituir pareja de hecho
Expatriación en Andorra, la elección de casarse o constituir pareja de hecho
Cada vez más franceses contemplan establecerse en el Principado de Andorra por su calidad de vida, su fiscalidad ventajosa y su seguridad. La imposición de las personas físicas no supera efectivamente el 10 %, al igual que la de las empresas. Los extranjeros que deseen invertir en el país se benefician de procedimientos simplificados en su solicitud de residencia andorrana. Andorra dispone de un entorno protegido y saludable, propicio para el bienestar y la salud. En cuanto a su sistema educativo, es posible integrar a los hijos en escuelas públicas francesas, españolas y andorranas. Para las parejas que deseen instalarse allí, ¿cuáles son las condiciones para casarse en este pequeño Principado enclavado en los Pirineos? ¿Es posible optar por la pareja de hecho para formalizar la unión sin casarse? ¿Cómo legalizar una convivencia en Andorra? ¿Constituir pareja de hecho o casarse como expatriado: cuál sería la mejor opción?
El matrimonio en Andorra En Andorra, las parejas pueden consolidar su unión mediante el matrimonio civil o el matrimonio canónico. Cada uno puede optar libremente por la forma de celebración que desee. Estas posibilidades de opción suelen ir acompañadas de condiciones de separación por consentimiento o de divorcio. !casarse
Las condiciones legales para casarse Como expatriado en Andorra, tiene derecho a contraer matrimonio si uno de los miembros de la pareja dispone de residencia andorrana. Cada matrimonio debe transcribirse en el Registro Civil de Andorra. La promesa de matrimonio está reconocida. No obstante, corresponde a la jurisdicción civil determinar su validez, su existencia y sus efectos en caso de ruptura. Su prueba debe, sin embargo, ser escrita. Una viuda, residente o expatriada, no puede volver a casarse hasta pasados 300 días desde la muerte de su marido. Una mujer deberá también respetar este mismo plazo antes de volver a casarse si se trata de un matrimonio declarado nulo o disuelto. Todas las parejas pueden elegir libremente proceder a un matrimonio civil o canónico. Sin embargo, no pueden acumular ambos salvo a condición de contraer primero un matrimonio civil. Requisitos para un matrimonio civil Para poder contraer un matrimonio civil en Andorra, cada miembro de la pareja:

Estar soltero, separado o divorciado,
No debe tener vínculo de consanguinidad. Las personas condenadas por haber cometido asesinatos o ser cómplices del asesinato de su anterior cónyuge no tienen derecho a proceder a un matrimonio civil. Cabe señalar que ningún matrimonio civil puede celebrarse sin el consentimiento de ambas partes. Solo puede validarse el consentimiento de personas moralmente constituidas (sin problemas psíquicos o incapacidad para usar correctamente la razón).
Los pasos administrativos del matrimonio en Andorra Serán necesarios diversos documentos para la celebración de un matrimonio civil. Deben entregarse personalmente o a través de un notario ante el Registro Civil. Los dos futuros cónyuges deben aportar:
Un documento firmado que acredite su voluntad de contraer matrimonio. Debe mencionar su identidad y el lugar de celebración de su unión,
Su certificado de nacimiento,
Exigences pour un mariage civil
Un justificante de su estado civil,
- Un justificante de su residencia efectiva. En Andorra, todo matrimonio civil debe ir precedido de la publicación de las amonestaciones por el Registro Civil. A continuación, el matrimonio podrá celebrarse a partir del quinto día tras la expiración del plazo de dicha publicación. Si transcurridos los seis meses siguientes a este plazo el matrimonio aún no se ha celebrado, habrá que renovarla. La celebración del matrimonio se realizará de forma pública en la casa comunal ante el cònsol major (el de la parroquia de residencia o según la elección de los futuros cónyuges) y en presencia de dos testigos. Si uno de los contrayentes presenta un riesgo de muerte inminente, con pruebas acreditadas por un médico, el matrimonio puede oficializarse por cualquier cònsol. Se realizará sin ninguna formalidad administrativa ni publicación de amonestaciones.
- Los derechos y deberes de los cónyuges El matrimonio en Andorra exige los mismos deberes y otorga los mismos derechos a cada uno de los cónyuges. Una vez casados, la pareja tendrá la obligación de:
- Vivir juntos,
Respetarse mutuamente (incluida la fidelidad y el cuidado del otro),
Asistirse material y moralmente,
Mantener y educar juntos a los hijos,
Contribuir juntos a los gastos de la familia según las modalidades estipuladas en el régimen matrimonial elegido,
- Y actuar constantemente en interés de la familia. !deberes de los cónyuges
- Leur certificat de naissance,
- Un justificatif de leur état civil,
- Un justificatif de leur résidence effective.
En Andorre, tout mariage civil doit être précédé de la publication des bans par le Registre Civil. Ensuite, le mariage pourra avoir lieu à partir du cinquième jour après la date d'expiration du délai de cette publication. Si après les six mois suivant ce délai, le mariage n’a pas encore été célébré, il faudra la renouveler.
La célébration du mariage se fera de façon publique à la maison communale devant le cònsol major (de celui de la paroisse de résidence ou selon le choix des futurs époux) et en la présence de deux témoins.
Si l’un des contractants du mariage présente un risque de mort imminent, avec des preuves attestées d’un médecin, le mariage peut être officialisé par n’importe quel cònsol. Il se fera sans aucune formalité administrative ni de publication de bans.
Les droits et devoirs des époux
Le mariage en Andorre exige les mêmes devoirs et fait disposer des mêmes droits pour chacun des époux. Une fois marié, le couple aura l’obligation de :
- Vivre ensemble,
- Se respecter mutuellement (dont la fidélité et le fait de prendre soin de l’autre),
- S’assister matériellement et moralement,
- D’entretenir et d’élever ensemble les enfants,
- Contribuer ensemble aux dépenses de la famille suivant les modalités stipulées dans le régime matrimonial choisi,
- Et d’agir constamment dans l’intérêt de la famille.

La pareja de hecho en Andorra Andorra dispone de un equivalente a la pareja de hecho. Consiste más precisamente en la oficialización de la convivencia. Permite oficializar una unión sin estar casados.
Esta forma de contrato de unión estable de la pareja fue oficializada el 23 de marzo de 2005. Las condiciones para constituir pareja de hecho en Andorra Para tener esta posibilidad de constituir pareja de hecho, la pareja debe demostrar que mantiene una relación estable. Los dos miembros deben completar un expediente ante el Registro Civil, que será evaluado antes de ser inscrito.
Los expatriados franceses y de otras nacionalidades deberán presentar su pasaporte, un certificado de nacimiento y un certificado de estado civil. También deberán aportar un certificado de residencia expedido por el servicio de inmigración. Para los solteros, deberán contar con la asistencia de dos testigos.
Los divorciados, por su parte, deberán presentar el acta del divorcio. Las viudas deberán presentar el certificado de su matrimonio anterior y el certificado de defunción de su anterior cónyuge. Todos los documentos pueden presentarse en su idioma original y no es necesario traducirlos al catalán.
No obstante, deberán presentarse debidamente legalizados. Si el país de origen de ambos miembros forma parte del Convenio de La Haya, la apostilla de La Haya puede ser suficiente. Por el contrario, si proceden de otros países, habría que solicitar a su ministerio de Asuntos Exteriores qué servicio está habilitado para estampar el sello en estos documentos.
Pour les célibataires, ils devront se procurer de l’assistance de deux témoins. Les divorcés, quant à eux, devront présenter le procès-verbal du divorce. Les veufs devront présenter le certificat de leur précédent mariage et le certificat de décès de leur précédent conjoint.
Tous les documents peuvent être présentés dans leur langue d’origine et il n’est pas nécessaire de les traduire en catalan. Toutefois, ils devront être présentés dûment légalisés. Si le pays d’origine des deux partenaires fait partie de la Convention de La Haye, l’apostille de La Haye peut faire l’affaire. Par contre, s’ils viennent d’autres pays, il faudrait demander auprès de leur ministère des Affaires étrangères quel est le service disposé à apposer le cachet sur ces documents.
